La Cámara de Diputados dio media sanción en general al proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada que restituye la vigencia de la Ley N° 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad Rural, más conocida como Ley de Tierras, sancionada durante el segundo gobierno de Cristina Kirchner.
El proyecto presentado por La Libertad Avanza reunió 124 votos a favor, 119 en contra y 6 abstenciones. De esta manera, volverá al Senado para su tratamiento final, ya que se le incluyeron cambios que se votarán en particular.
Si bien se sostuvieron los mismos artículos de la iniciativa original, llegó al recinto sin los que cayeron en Senadores y el agregado que sostuvo la Ley de Tierras que derogaba el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 del presidente Javier Milei.
Los capítulos 38 a 40, que incluían la ratificación de la ley de Tierras, fueron votados por 239 votos a favor, cuatro en contra y seis abstenciones. Al haber más de dos tercios, no puede ser modificado por el Senado.
Tras la sanción de esta tarde, la normativa vuelve a estar vigente y establece varias restricciones, entre ellas un máximo del 15% de titularidad extranjera sobre las tierras rurales a nivel nacional, provincial y departamental.
También establece que las personas de una misma nacionalidad no podían superar el 30% de ese 15% permitido y limitaba a un mismo titular extranjero a 1000 hectáreas en la denominada «zona núcleo» productiva.
Y uno de los puntos claves son las zonas restringidas para los extranjeros, a quienes se les prohíbe la adquisición de áreas de seguridad de frontera y cuerpos de agua importantes, como ríos o lagos permanentes.
Hace unos días la Corte Suprema de Justicia había revocado el fallo que declaraba inconstitucional el artículo del DNU 70/2023 que derogaba la Ley de Tierras.
El caso había sido judicializado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM). En primera instancia, el juez federal de La Plata Alberto Recondo rechazó la presentación por considerar que los demandantes no cumplían con los requisitos formales para accionar de manera colectiva contra la norma.
Pero el CECIM apeló y en marzo de 2024 la Cámara Federal de La Plata declaró inconstitucional la derogación, por lo que el caso se inscribió en el Registro de Procesos Colectivo y el caso se elevó a la Corte Suprema.
Fuente: eldestapeweb.com














